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Contrato de confidencialidad

¿Qué es y para qué sirve?

El contrato de confidencialidad (Non-Disclosure Agreement - NDA) es un documento que las partes firman para obligarse a guardar confidencialidad de la información que se compartirán.

¿Por qué es importante?

Firmar un contrato de confidencialidad protege la información confidencial compartida entre partes, como por ejemplo empresa-empleador. Establece obligaciones de no divulgación, asegurando la protección de los datos sensibles.

Validez legal en todo México

¿Cuál es el contenido del documento?

CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, [RESPUESTA: NOMBRE DE LA PARTE REVELADORA], POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PARTE REVELADORA” Y, POR LA OTRA, [RESPUESTA: NOMBRE DE LA PARTE RECEPTORA] POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PARTE RECEPTORA”, EN SU CONJUNTO “LAS PARTES”, MISMO QUE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

a). Que celebra el Contrato por su propio derecho.

c). Que, para todos los efectos de este Contrato, manifiesta tener su domicilio en [RESPUESTA: DOMICILIO DE LA PARTE REVELADORA].

a). Que celebra el Contrato por su propio derecho.

c). Que se obliga a mantener en secreto toda la información que le ha proporcionado o le proporcionará la Parte Reveladora derivado de la relación real existente entre las Partes.

III. Declaran las Partes, bajo protesta de decir verdad:

b). Que en la celebración el Contrato no ha mediado error, vicio, dolo, violencia, coerción o mala fe por cualesquiera de las Partes y, que es su voluntad suscribirlo.

CLÁUSULAS

La Parte Receptora se obliga a instruir a sus funcionarios, personal, subcontratados, empleados, agentes, representantes y, en general, a toda persona que pudiere estar a ella vinculada, respecto del contenido y alcances de la obligación de guardar secrecía y confidencialidad.

SEGUNDA.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.

Para efectos de este Contrato, se entenderá por “Información Confidencial”; todos aquellos elementos y datos de cualquier clase que consten en documentos, medios electrónicos o magnéticos, discos ópticos, microfilmes u otros instrumentos similares, así como los que se hayan entregado, revelado o proporcionado en forma verbal, escrita o contenida en algún otro tipo de soporte, tal como disquetes, cintas magnéticas, discos compactos, discos digitales de video, microfilmaciones, grabaciones o cualquier otro medio conocido o por conocer, así como cualquier documentación, información, análisis o resultados obtenidos o inferidos de la información que la Parte Reveladora entregue, revele o proporcione a la Parte Receptora, o bien, a lo que la Parte Receptora tenga acceso y conocimiento con motivo de la ejecución de las obligaciones derivadas de su relación contractual y/o comercial o por cualquier otra causa.

El término “Información Confidencial” no comprenderá cualquier información que se ubique en alguno de los supuestos siguientes:

II. La que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial.

Las Partes reconocen y aceptan que todos los datos e información revelados al amparo de este Contrato son y seguirán siendo considerados, en todo momento y para todos los efectos, propiedad de la Parte Reveladora, durante y con posterioridad a la vigencia de la relación contractual y/o comercial que da origen a su entrega, sin que pueda considerarse que se ha efectuado transmisión de derecho alguno por el simple hecho de haber revelado, entregado o proporcionado a la otra Parte los datos e información referida.

La Parte Receptora se obliga a mantener controles adecuados en cuanto al uso y manejo de la información y datos que se le proporcionen, los cuales les permita determinar con precisión qué personas tuvieron acceso a los mismos.

La Parte Receptora reconoce que toda la Información Confidencial que le sea revelada seguirá siendo propiedad de la Parte Reveladora y, su revelación no proporcionará, a la Parte Receptora, derecho alguno sobre la misma.

SEXTA.- RESPONSABILIDAD.

Las Partes acuerdan que, en caso de que la Parte Receptora, sus funcionarios, personal, incluyendo el subcontratado, empleados, agentes, representantes y/o toda persona que, por cualquier causa, se encuentre o pudiere estar a ella vinculada y, por ende, a los datos e Información Confidencial revelada por la Parte Reveladora, violen las obligaciones de secrecía y la confidencialidad, ésta responderá en forma solidaria por el pago de los daños y perjuicios que tal incumplimiento ocasionare a la Parte Reveladora; esto sin perjuicio del ejercicio de las demás acciones legales procedentes.

OCTAVA.- DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.

La Parte Receptora reconoce y acepta la facultad de la Parte Reveladora, de solicitarle, en cualquier momento, que le sea devuelta o que se destruya la información que le fue revelada.

DÉCIMA.- JURISDICCIÓN.

Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las Partes se someten a los tribunales competentes de [RESPUESTA: CIUDAD Y ESTADO DEL TRIBUNAL], renunciando al fuero que pudiera corresponderles debido a sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.