# Cotitularidad de marca

### ¿Qué es y para qué sirve?

El convenio de cotitularidad de marca, regula la propiedad compartida de dos o más titulares de una misma marca. Este documento establece los derechos, obligaciones y medios de resolución de conflictos entre los dueños de la marca.

### ¿Por qué es importante?

Este documento regula los derechos sobre una marca. Establece los roles y responsabilidades de cada uno de los dueños de la marca, protegiendo así sus intereses.

Así mismo, debe de presentarse como un anexo a la solicitud de registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para que pueda registrarse una marca con cotitulares.

**Validez legal en todo México**

### ¿Cuál es el contenido del documento?

- **Identificación de las partes:** Se detallan los datos de identificación de los cotitulares de la marca.
- **Porcentaje de los cotitulares:** Se establece el porcentaje que le corresponde a cada uno de los cotitulares.
- **Representante legal de la marca:** Se identifica a la persona que será el representante.
- **Acuerdos y reglas de uso de la marca**
- **Resolución de conflictos:** En caso de existir conflictos, se establece la ubicación de los tribunales a las que se someterán las partes involucradas.
- **Cláusula de abandono y cobro de regalías**

### **CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE LOS DERECHOS SOBRE LA MARCA A REGISTRAR QUE CELEBRAN POR** **UNA PARTE 
** **[RESPUESTA: NOMBRE DEL COTITULAR 1] (EN LO SUCESIVO “COTITULAR 1”) POR SU PROPIO DERECHO, Y,** **POR OTRA PARTE, 
** **[RESPUESTA: NOMBRE DEL COTITULAR 2] (EN LO SUCESIVO “COTITULAR 2”) POR SU PROPIO DERECHO,** **EN SU CONJUNTO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:**

### **ANTECEDENTES**

### II. Las partes se reconocen mutuamente los derechos de propiedad intelectual que tienen  cada una sobre **"LA MARCA"**, obligándose mantener vigentes para la ejecución del objeto del  presente Contrato de cotitularidad.

### **DECLARACIONES**

### 1. Ser una persona física, mexicana, mayor de edad, con capacidad física y legal para  obligarse en los términos del presente Contrato.

### 3. Que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes  bajo clave **[RESPUESTA: RFC DEL COTITULAR]**.

### II. Declara el **"COTITULAR 2":**

### 2. Que señala como domicilio el ubicado en **[RESPUESTA: DOMICILIO DEL COTITULAR]**.

### 4. Que es su deseo celebrar el presente Contrato en los términos y condiciones establecidos  en el mismo, y, por lo tanto, indistintamente podrán llevar a cabo el registro de la marca  que se solicita a nombre de **"LAS PARTES"**.

### 1. Que el Contrato será suscrito de conformidad con sus intereses y necesidades.

### 3. Que en la celebración del Contrato no ha mediado error, vicio, dolo, violencia,  coerción o mala fe por cualesquiera de las Partes y, que es su voluntad suscribir  el presente instrumento contractual.

### **PRIMERA.- OBJETO:** Establecer la cotitularidad de los derechos patrimoniales que se generen del  registro de **"LA MARCA"**, los cuales se distribuirán de la siguiente manera: **[RESPUESTA: COTITULARES]**

Los copropietarios acuerdan que el uso de la marca será para promoción comercial y protección de los productos  y/o servicios que comercializan en conjunto.

### **CUARTA.- LIMITACIÓN O ADICIÓN DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS:**  "LAS PARTES" acuerdan que, en  caso de requerir limitar los productos y/o servicios de la marca, se requerirá el consentimiento de cada  uno de ellos y esto deberá de constar por escrito.

### **QUINTA.- RÉGIMEN DE LAS LICENCIAS:** "LAS PARTES" no podrán licenciar, ceder o gravar  cualesquiera de los derechos adquiridos en virtud del presente Contrato, ni de los registros y derechos sobre  **"LA MARCA"**, sin el consentimiento previo y por escrito de ambos titulares; bajo pena de  provocar la nulidad y rescisión del presente Contrato, más el pago de los daños y perjuicios que se originen  a la parte afectada.

### La inscripción de los Contratos celebrados por **"LAS PARTES"** podrá realizarlo o autorizarlo  cualquiera de **"LAS PARTES"**.

### **"LAS PARTES"** acuerdan que, para el caso de la transmisión de derechos de  **"LA MARCA"**, la misma deberá de ser cedida preferencial y prioritariamente la otra parte antes  que a un tercero. En caso de que el copropietario no desee adquirir la parte alícuota del copropietario,  el mismo podrá ofrecerla a un tercero.

### La transmisión de la parte alícuota correspondiente al copropietario cedente, podrá ser gratuita u onerosa.  En caso de que se opte realizarlo de forma onerosa, el precio de la transacción se establecerá mediante un  avalúo especializado en la materia realizado por un corredor público.

### **OCTAVA.- REPRESENTACIÓN COMÚN:** Se conviene que cualquier a de **LAS PARTES** podrá  representar los intereses de ambos, sin que para ello se requiera la autorización y firma de la otra parte en  los siguientes supuestos:

### b). Cuando se trate de contestación a oficios o requerimientos por parte del Instituto Mexicano de  la Propiedad Industrial.

### d). En general toda acción necesaria para mantener la vigencia de **"LA MARCA"** y  la defensa de la misma.

### a). Cuando se trate de conceder una licencia de uso de **"LA MARCA"**, o se establezca  una cesión de derechos de la misma.

### c). En general, cualquier acto que limite, transmita, grave o ponga en riesgo los Derechos Industriales  sobre **"LA MARCA"**.

### **DÉCIMA.- NOTIFICACIONES:** Todas las notificaciones o comunicaciones entre  **"LAS PARTES"** deberán constar por escrito y se deberán entregar personalmente o por correo  registrado o certificado a los domicilios establecidos en el apartado de Declaraciones que antecede.

### **DÉCIMA PRIMERA.- ABANDONO:** Si cualquiera de **"LAS PARTES"** decide:

### b). No participar en la extensión o en su caso, en el registro de **"LA MARCA"** en  un país en particular;

### d). No pagar su participación de los gastos que se deriven del registro de **"LA MARCA"**.

### La parte que abandone su parte proporcional, acuerda otorgar a la otra, toda las firmas y documentos  necesarios para continuar el trámite de **"LA MARCA"**.

### **DÉCIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA:** Este Contrato podrá ser terminado de manera  anticipada a su vigencia por cualquiera de las siguientes causas:

### 2. En caso de incumplimiento por alguna de las partes a las cláusulas del presente Contrato, o

### En cualquier caso, se dará aviso a la otra parte por escrito con treinta días de anticipación.

### **DÉCIMA DECIMOTERCERA.- SEPARACIÓN VOLUNTARIA: LAS PARTES** convienen en que, para el supuesto  de que alguna de ellas decida separarse voluntariamente o por caso fortuito, los derechos que le pertenecen  conforme al presente Contrato deberán ser otorgados al cotitular que vaya a permanecer como titular  de **"LA MARCA"**, el derecho al tanto, para adquirir ya sea por compraventa, donación o algún  otro medio jurídico la parte restante de la titularidad del objeto del presente Contrato.

### **"LAS PARTES"** designan y facultan a **[RESPUESTA: NOMBRE DEL REPRESENTANTE]** para que en nombre  y representación de ambos realice el cobro de regalías en caso de que sea necesario.

### **DÉCIMA QUINTA.- TRÁMITES Y REGISTROS:** Es de común acuerdo que los gastos de tramitación  nacionales e internacionales serán cubiertos tomando como base los porcentajes de cotitularidad  de **"LA MARCA"**.

### Para el evento de que alguna de LAS PARTES fallezca sin herederos, se pacta que la parte de quien feneció  le será acrecentada a quien permanezca en vida.

### Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

### Código Civil Federal.
