EasyLex - Crea Un Pacto De Socios Para Tu S.A.P.I.
Pacto de socios
¿Qué es y para qué sirve?
El pacto de socios es un acuerdo entre todos los socios de una empresa. Su objetivo es regular las relaciones internas de la empresa, aquí es donde se pactan mecanismos como el vesting, drag y tag along, derechos preferentes, normas para la toma de decisiones, etc.
Es importante mencionar que este pacto de socios únicamente puede ser utilizado por una Sociedad Promotora de Inversión (S.A.P.I.) debido a la naturaleza de los mecanismos que incluye, los cuales no son aplicables en otro tipo de sociedades.
¿Por qué es importante?
Un pacto de socios es fundamental, ya que establece las reglas de juego para la colaboración entre socios. Específica roles, obligaciones y derechos, asegurando una asociación clara y equitativa.
Validez legal en todo México
¿Cuál es el contenido del documento?
- - Regulación de las relaciones entre los socios
- - Naturaleza del pacto
- - Vigencia del contrato
- - Adhesión de nuevos accionistas
- - Cláusulas de protección, incumplimiento, y confidencialidad
PACTO DE SOCIOS (EN LO SUCESIVO “EL PACTO”) CELEBRADO POR LOS SOCIOS DE
[RESPUESTA: NOMBRE DE LA COMPAÑIA], S.A.P.I. (EN LO SUCESIVO “LA SOCIEDAD”) EN DONDE:
INTERVIENEN
A quienes en conjunto y en lo sucesivo se les denominará los “Accionistas” o los “Socios”, indistintamente.
DECLARACIONES
I. Tener la capacidad jurídica plena y las facultades para obligarse en los términos del Pacto.
III. Que es su voluntad suscribir el presente Pacto, siendo un acuerdo de carácter privado que tiene por objeto establecer acuerdos y condiciones vinculantes entre los Accionistas de la Sociedad.
CLÁUSULAS
Los Accionistas se comprometen a aportar cuantos recursos sean necesarios para promover el crecimiento y desarrollo de la Sociedad y, a cooperar de buena fe, impulsando la mejora de las actividades realizadas que emanan del objeto social de la Sociedad.
Los Accionistas reconocen que existe legítimo interés tanto comercial e industrial por parte de los mismos para regular la relación entre ellos, reconociendo que las limitaciones que se deriven del presente Pacto son adecuadas y razonables.
CUARTA.- CONFIDENCIALIDAD.
Toda información que se suministre entre los Accionistas tendrá el carácter de confidencial, teniendo la obligación de guardar y mantener total secrecía y confidencialidad respecto de todos los datos e información, de manera enunciativa, más no limitativa, de carácter industrial o comercial, así como de datos personales.
Los Accionistas se obligan a instruir a sus funcionarios, personal, incluyendo el subcontratado, empleados, agentes, representantes y/o a toda persona que, por causa justificada, se encuentre o pudiere estar a ellas vinculada y a la información de que se trata, respecto del contenido y alcances de la obligación, de guardar secrecía y confidencialidad, a que se refiere esta cláusula, siendo cada uno de los Accionistas, directamente responsables del pago de los daños y perjuicios ocasionados por las violaciones en que incurran las citadas personas de la mencionada obligación.
QUINTA.- ADHESIÓN DE NUEVOS ACCIONISTAS.
Los Accionistas acuerdan que aquella(s) persona(s) que tengan intención de formar parte de la Sociedad como Accionista, derivado del aumento de capital, fusión, compraventa, o de cualquier forma de transmisión de acciones o cualquier figura análoga, deberán obligarse a los términos del presente Pacto para adquirir la condición de Accionista de la Sociedad, debiéndolo de suscribir por escrito y expresando su voluntad de adhesión.
Los Accionistas se comprometen a reconocer a la Sociedad como titular de la Propiedad Intelectual e Industrial sobre la cual tenga derecho, así como a suscribir con toda persona relacionada con la Sociedad una cláusula en donde se reconozca dicha propiedad. Además, los Accionistas se comprometen a ceder en nombre de la Sociedad toda la Propiedad Intelectual e Industrial que como consecuencia de su relación con la Sociedad se cree, cediendo a su vez todos los derechos económicos sobre la misma.
OCTAVA.- INTEGRIDAD.
En caso de que alguna de las cláusulas de este Pacto sea ilegal, inválida o deje de ser aplicable en alguna jurisdicción, ello no afectará la legalidad, validez o exigibilidad de cualquiera de las otras cláusulas y disposiciones del presente Pacto.